Table Of Contentmía filosofía del derecho
odelos históricos
tíc ia anligiieelad aJos.iuipios del cc-hsímicioiialisnio
EDITORIAL TROTTA
COLECCIÓN ESTRUCTURAS Y PROCESOS
Serie Oerecho
Consejo Asesor: Perfecto Andrés
Joaquín Aparicio
Antonio Baylos
Juan-Ramón Capella
JuanTerradÜlos
Primera edición: 2002
Segunda edición revisada: 2009
© Editorial Troita, 5.A., 2002,. 2009 *
Ferraz, 55. 28008 Madrid.
Teléfono: 91 543 03-61
.Fax: 91 543 14 88
E-mail: [email protected]
http://www.trotta.es
© Alfonso Ruiz Miguel, 2002
ISBN: 978-84-8164-570^5
Depósito Legal: M-42.248-2009
Impresión
Fernández Ciudad, S.L
CONTENIDO
Presentación.................................................................................................. 11
1. La Época Clásica................................................................................ 17
I. El iusnaturalismo antiguo............................................................... 17
II. Las concepciones del Derecho en el pensamiento romano .. 57
2. La Edad Media.............................................................................................. '75
I. La ciencia del Derecho medieval................................................ 75
II. El modelo iusnaturalista medieval.............................................. 110
3. La Edad Moderna............................................................................... 169
I. El modelo iusnaturalista moderno .............................................. 169
II. El Derecho y el Estado racionales.............................................. 239
Bibliografía................................................................................................... 293
Indice de autores......................................................................................... 307
Indice de materias................................................................................. 315
Indice general.............................................................................................. 323
A Elias Díaz, ya «viejo maestro»
PRESENTACIÓN
Yo, pues siempre que pude, me conduje con el mayor empe
ño como amante e investigador de la antigüedad; de donde
aconteció que al enseñar cosas antiguas inauditas para mu
chos, fui llamado inventor de cosas nuevas.
Francisco Sánchez, El Brócense, Paradoxa (1582)
Este libro tiene un origen y una finalidad didáctica. Los tres capítulos
que lo componen constituyen una primera entrega de un curso com
pleto de Filosofía del Derecho enfocado históricamente. Después de
haberlo explicado en las clases de un curso cuatrimestral a partir de
1993, sin pasar nunca de la Edad Moderna, durante los dos pasados
cursos ha estado disponible una versión en Internet que, salvo algu
nas sesiones para debatir problemas y dudas, me ha permitido empe
zar las explicaciones por el siglo XIX. Parte de las razones que me
llevaron a adoptar un enfoque histórico para enseñar la Filosofía del
Derecho tienen que ver con la multiplicación de asignaturas a que
dieron lugar los nuevos planes de estudio en la Facultad de Derecho
de la Universidad Autónoma de Madrid. Sin necesidad de entrar en
detalles menores, el análisis predominantemente conceptual propues
to en los programas de Filosofía política, Metodología y teoría de la
argumentación jurídica, Etica y derechos humanos e, incluso, Socio
logía jurídica, animaba a evitar repeticiones mediante la adopción de
un enfoque distinto. Que ese enfoque fuera el histórico tiene que ver
con la otra parte de las razones que me llevaron a adoptarlo, que
reside, sencillamente, en la convicción de la importancia de la pers
pectiva histórica para una cabal comprensión de los problemas de los
que se ha ocupado siempre la Filosofía del Derecho.
Aun así, desde un principio, el modo de abordar los temas que
adopté pretendía estar más preocupado por los conceptos y su análi
sis que por la historia misma, incluido el contexto general y político
de cada época. Eso es en parte inevitable en cualquier historia de la
filosofía, aunque sea del Derecho, si (según creo recordar) tenía ra
zón Maitland, el historiador del Derecho, cuando dijo que había em
pezado a estudiar historia muy tarde porque sus primeros estudios
de historia de la filosofía no contaban como historia. En otra parte,
sin embargo, era perfecta y deliberadamente evitable, si por historia
de la filosofía del Derecho se entiende hacer un recuento práctica
mente exhaustivo de todas las corrientes y autores que en el mundo
han sido. Por eso, el esquema básico seguido estudia grandes mode
los históricos de pensamiento antes que autores o, si se quiere, mo
delos que se encarnan en ciertos autores antes que autores sin más.
Luego, con la intención de ayudar a los estudiantes —al riesgo, quizá
dudoso, dé desmentir a Maitland—, me ha parecido imprescindible
ir añadiendo aquí y allá algunas referencias, si bien someras, a la
historia general, sobre todo en sus aspectos políticos y jurídicos.
En su estructura, este libro sigue la división de las grandes épo
cas en las que es convencional dividir a la historia occidental, que
aquí abarcan tres capítulos dedicados a la época clásica, a la Edad
Media y a la Moderna. Tomando tales épocas a modo de simples
perchas y no de trajes que deban ajustar como un corsé, se propone
una selección de los grandes modelos teóricos que las caracterizan:
el modelo de justicia aristotélico, la jurisprudencia romana, el mo
delo iusnaturalista medieval, el modelo de ciencia jurídica medie
val, el iusnaturalismo moderno, el modelo de Derecho kantiano y
la codificación y el constitucionalismo. En ese estudio se da parti
cular relevancia, cuando es oportuno, al estudio de algunos autores
que, a veces, configuran casi en solitario el paradigma del modelo,
como ocurre con Aristóteles, Tomás de Aquino o Kant. Otras ve
ces, sin embargo, la escena se llena de un mayor número de perso
najes sin un protagonista señalado, y así ocurre en los modelos de
jurisprudencia romana y medieval y en el modelo político del ius
naturalismo.
Pero junto a la división en épocas se ha utilizado otra, dentro de
cada época, para presentar en paralelo la historia de dos objetos
distintos, que configuran las dos partes en que se divide cada capítu
lo: la historia de las teorías de la justicia, que en gran medida se
identifica cón la de las ideas políticas y que afecta sobre todo al
ámbito del Derecho público; y la historia de las doctrinas sobre el
Derecho, centradas en su concepto o naturaleza y en los métodos de
su interpretación y aplicación, que tiene un carácter más propiamen
te jurídico y ha tendido a estar más próxima al ámbito del Derecho
privado. Se trata, en realidad, de dos partes muy relacionadas, y en
ocasiones entrelazadas en distintas direcciones. Así, mientras el mo
delo de justicia griego y romano influye más en el modelo de juris
prudencia romano que a la inversa, y algo similar ocurre en el caso
del modelo iusnaturalista, en el pensamiento medieval las concepcio
nes sobre la política, la justicia y el Derecho se entreveran tanto en el
pensamiento ..teológico-filosófico como en el jurídico. Por eso en el caso
medieval era posible, además de oportuno, invertir el orden del pri
mero y del tercer capítulo y comenzar por el modelo de ciencia jurí
dica medieval en vez de por el modelo sobre la justicia.
En su contenido, los modelos analizados en cada época tienen,
naturalmente, sus particularidades históricas, y así debe destacarse en
la exposición de las visiones concretas que los caracterizan: así, sería
imposible dar cuenta del modelo aristotélico sin hablar del finalis-
mo o del tomista sin el referente teológico, de igual modo que en la
jurisprudencia romana ha de subrayarse su carácter casuístico y en
la medieval el dogmático, o en el modelo racionalista los rasgos del
individualismo y el contractualismo. Sin embargo, junto a las particu
laridades, el enfoque del libro, y del curso del que forma parte, insiste
en unos pocos hilos conductores que constituyen fragmentos centra
les de la historia occidental de las ideas político-jurídicas: los funda
mentales son, aparte de la evolución básica de las ideas de justicia y
de interpretación jurídica, la eterna discusión sobre la objetividad o
convencionalidad de los valores, la compleja y cambiante visión de
las relaciones entre sociedad y Estado, la también compleja relación
entre Derecho, costumbre y ley, el debate sobre el papel de la volun
tad y de la razón en el Derecho, el surgimiento moderno de la idea de
derechos y su plasmación jurídico-política, la evolución de las con
cepciones sobre las formas de gobierno, el inicio del contraste entre
el principio liberal y el democrático, las variables posiciones sobre la
obediencia y la desobediencia al Derecho o, en fin, el nacimiento y
desarrollo de la idea de Derecho internacional y del concepto de
soberanía. No por casualidad, se trata de los principales temas que
deben aparecer en cualquier programa sistemático de Filosofía del
Derecho y de sus materias aledañas. Sin sujetarlos a tal orden siste
mático, ésos son los conceptos fundamentales que se irán exponiendo
en esta historia.
Aclarado de antemano el enfoque'que he creído preferible adoptar,
no se me oculta su disputabilidad. En la historia del pensamiento, como
en la historia en general,, se puede buscar sobre todo lo particular, esto
es, lo que resulta peculiar y específico en un momento y lugar o en
autor o corriente, como también cabe tratar de descubrir lo universal
o, al menos, los hilos comunes y convergentes que van tejiendo ideas
que fraguan de un modo que tiende a trascender lugares y épocas. Esa
oposición se manifiesta en la tensión entre la visión que privilegia los
momentos de transformación y aun de revolución y la que atiende so
bre todo a la continuidad y la tradición. Ambos polos son legítimos,
por más que el distinto peso que se ponga en uno u otro dé lugar a
posiciones opuestas sobre la historia, que tanto puede verse como una
inconmensurable colección de momentos con valor por sí mismos y en
realidad difícilmente comprensibles desde fuera cuanto como una su
cesión de antecedentes y consecuentes que giran recursivamente bajo el
imperativo de que no hay nada nuevo bajo el sol. Si fuera forzoso elegir
entre los dos puntos de vista, elegiría el segundo recordando aquel pen
samiento de Maquiavelo de que «el mundo siempre ha estado habitado
por hombres que siempre han manifestado las mismas pasiones». No
obstante, también moderaría esta opinión con la convicción de que,
invirtiendo la idea de Rimbaud de que la sociedad no puede cambiarse
pero el hombre sí, algunas instituciones sociales, sólo algunas, pueden
hacer mejores a los hombres.
Junto a lo anterior, la relación entre nombres y conceptos está
plagada de trampas, pues a veces las viejas ideas aparecen en odres
nuevos y las nuevas ideas en odres viejos. En la historia del pensa
miento nombres y temas aparentemente inalterados tienen en reali
dad diferentes contenidos, mientras que conceptos y teorías viejos
pueden seguir siendo actuales bajo distintos nombres; tal vez tenía
razón Tocqueville en que «la historia es una galería de cuadros con
pocos originales y muchas copias». La gracia está en lograr ver las
modificaciones y contrastes que entre originales y copias la imagina
ción humana ha producido al servicio de diferentes ideales y modelos
del hombre y la sociedad.
Aunque este libro tiene una primaria y evidente función didácti
ca, admite varios niveles de lectura, y particularmente dos: uno más
básico, que se sigue con el texto en el tipo de letra más grande, y otro
más detallado, que incluye también las notas a pie de página y algu
nas de sus remisiones y ampliaciones, que son sólo «para nota»1. Pero
1: Debo precisar —en nota, naturalmente—■ que en el curso hay esencialmente
dos tipos de notas al pie: las de ilustración, que completan la información del texto
con alguna cita relevante o con algún dato de interés o curioso para cualquier lector, y
las de precisión o erudición, que incluso en un texto dirigido a estudiantes el autor no
se ha resistido a evitar por no saber escribir sin imaginarse a veces a su espalda los
comentarios y gestos de sus colegas ante afirmaciones quizá demasiado simples o expe-
junto al texto en letra grande se espigan abundantes citas textuales,
destacadas en párrafos sangrados con un tipo de letra más pequeño,
casi siempre de los clásicos estudiados. A pesar de que la experiencia
de clase me dice que, en su mayoría, los estudiantes suelen atender
mucho menos a la lectura de estas citas que a mis explicaciones y
glosas, debo desalentar esa tendencia recomendando su lectura como
básica, aunque sólo sea porque tales citas son más ricas y brillantes
que mis explicaciones, que ya quisieran sentarse en los hombros de
los clásicos. Pero tales citas están pensadas también para invitar a una
lectura mucho más profunda: la lectura directa de los clásicos. En el
soberbio ensayo Por qué leer los clásicos, que a su vez invito a leer, .
Italo Calvino propone hasta catorce definiciones de las que, para abrir
boca, cabe aquí recordar algunas:
2. Se llama clásicos a los libros que constituyen una riqueza para quien
los ha leído y amado, pero que constituyen una riqueza no menor para
quien se reserva la suerte de leerlos por primera vez.
6. Un clásico es un libro que nunca termina de decir lo que tiene que
decir.
8. Un clásico es una obra que suscita un incesante polvillo de discur
sos críticos, pero que ia obra se sacude continuamente de encima.
13. Es clásico lo que tiende a relegar la actualidad a la categoría de
ruido de fondo, pero al mismo tiempo no puede prescindir de ese ruido
de fondo (Por qué leer los clásicos, pp. 13-20).
Pero la razón con la que más profundamente se puede identificar este
curso, en su contenido y en su forma, la ofrece el mismo Calvino en
una aclaración que, no tolerando glosa, bien merece concluir esta
presentación:
ditivas. Aunque uno y otro tipo puedan parecer similares, cada lector que se adentre
en ellas sabrá distinguirlas conforme al interés y la comprensión que le susciten. Casi
no hará falta añadir que soy bastante partidario de poner notas al pie, y de dar esa
libertad a los autores a cambio de dar a los lectores la correlativa libertad para leerlas
o dejarlas: alguien adverso a las notas ha dicho que, para el lector, son como oír un
ruidillo en el sótano cuando se está haciendo el amor, pero, aparte de lo desmesurado
de esta segunda comparación, una llamada a nota es apenas un corto y suave sonido
que avisa al lector de que hay un paréntesis lo suficientemente largo como para estor
bar en el texto y en el que puede adentrarse o dejarlo pasar.
Lo anterior significa que, salvo alguna contada excepción, no se encontrarán
notas dedicadas a referencias bibliográficas, que se hacen en el texto entre paréntesis
lo más brevemente posible, usando las mínimas palabras indicativas del título e, inclu
so, sin referencia al título cuando no se trata de clásicos y el autor figura en la biblio
grafía con una sola obra. A la eventual hora de buscar alguna de las referencias en la
bibliografía, téngase en cuenta que en ella se han separado las obras de los clásicos de
las restantes obras citadas.
Naturalmente, esto ocurre cuando un clásico funciona como tal, esto
es, cuando establece una relación personal con quien lo lee. Si no salta
'la chispa, no hay nada que hacer: no se leen los clásicos por deber o
por respeto, sino sólo por amor. Salvo en la escuela: la escuela debe
hacerte conocer bien o mal cierto número de clásicos entre los cuales
(o con referencia a los cuales) podrás reconocer después «tus» clási
cos. La escuela está obligada a darte instrumentos para efectuar una
elección; pero las elecciones que cuentan son las que ocurren fuera o
después de cualquier escuela.
Los Peñascales, 9 de julio de 2002